FARMACÉUTICOS DENUNCIAN AL MINISTERIO DE SALUD LA DISPENSA DE MEDICAMENTOS POR PLATAFORMAS DIGITALES

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Cámaras de farmacias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la provincia de Buenos Aires, denunciaron la creciente venta de medicamentos a través de las plataformas digitales, alentando la automedicación y sin el control de calidad de esos productos.

La denuncia está contenida en una carta enviada al Ministerio de Salud de la Nación reiterando la existencia de mecanismos ilegales de comercialización del medicamento, sobre lo que ya habían alertado en el pasado, según indicaron en la misiva.

Además de la ilegalidad, este mercado sin control ni regulaciones “afecta directamente al acceso seguro a los medicamentos, con las graves consecuencias sanitarias que conlleva permitir que la población se auto medique sin la atención en la dispensa de los profesionales Farmacéuticos.

La carta completa:

nuestra consideración,

Por medio de la presente, las entidades integrantes de la Mesa Coordinadora de Farmacias del AMBA: Asociación Propietarios de Farmacias Argentina (ASOFAR), Cámara Argentina de Farmacias (CAF), Cámara de Farmacias Bonaerense (CAFABO) y la Cámara de Farmacias de zona Sur del Conurbano Bonaerense (CAFASUR), queremos hacerles saber de una de las preocupaciones que desvelan a nuestras farmacias representadas. En este sentido, el tema en cuestión refiere a la dispensa de medicamentos a través de plataformas Digitales y/o páginas web.

Oportunamente ya hemos presentado otra carta de un tenor similar en donde hemos denunciados la distorsión del mercado por empresas ajenas al sector de la Salud ofreciendo productos y consejos para tal fin, sin el aval o respaldo de los Profesionales Médicos o Farmacéuticos por internet. Esto es extensivo a toda venta online, inclusive desde las farmacias.

Lo dicho anteriormente, se basa en las Leyes Nacionales actuales (Ley N° 26567: Art.1 y Art.2 “Dispensa de Medicamentos Vta. Libre, Ley N°17565 “Regulación de la Actividad Farmacéutica”, Ley N°16463 Art.2 “Ley de Medicamentos), y  Provinciales (Ley N° 11405 Art 1 y Art 2 “Ley de Medicamentos” y Ley N° 10606 “Regulación de la Actividad Farmacéutica”),  que regulan la dispensa/ comercialización de medicamentos y el ejercicio de la Profesión Farmacéutica.

Este tema afecta directamente al acceso seguro a los medicamentos, con las graves consecuencias sanitarias que conlleva permitir que la población se auto medique sin la atención en la dispensa de los profesionales Farmacéuticos.

Es por todo lo expuesto, que les solicitamos, urgentemente, que arbitren las medidas necesarias para investigar, sancionar e interrumpir todo acto de comercialización de medicamentos, tanto de venta libre como bajo receta, en modalidad online, fuera de la órbita de los mostradores de las farmacias.