FUNCIONARIOS DE OBRAS SOCIALES Y SINDICALES DEBERÁN DECLARAR SU PATRIMONIO, PROPONE PROYECTO DEL PRO

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Los funcionarios de las obras sociales y los dirigentes sindicales y sus familiares deberán declarar sus patrimonios, de prosperar un proyecto de ley presentado por quince diputados del PRO.

El proyecto que acaba de ser ingresado a través de las comisiones de Salud y Trabajo es titulado “INTEGRIDAD Y TRANSPARENCIA DE ORGANIZACIONES SINDICALES, OBRAS SOCIALES, Y DE EMPRESAS Y CAMARAS EMPRESARIALES QUE CONTRATAN CON EL ESTADO”.

La exigencia alcanza a “Integrantes de la Comisión Directiva de las obras sociales contempladas en la Ley N.º 23.660, así como los cónyuges o convivientes de la máxima autoridad y su reemplazante estatutario”.

Las declaraciones serán publicadas “en un Registro Público y de fácil acceso a los ciudadanos a los balances correspondientes a los últimos tres ejercicios anuales presentados por cada una de las organizaciones sindicales inscriptas y/o con personería gremial”.

La Superintendencia de Servicios de Salud “en su carácter de Autoridad de Aplicación prevista en las leyes 23660 y 23661 deberá:

  1. a) publicar en un Registro Público y de fácil acceso a los ciudadanos los Balances correspondientes a los últimos tres ejercicios anuales presentados por cada una de las obras sociales.
  2. b) Observar los balances presentados por las organizaciones sindicales en donde detecten que las mismas incurren en conflictos de intereses.

El  Proyecto de Ley “busca incorporar nuevas medidas para fomentar la transparencia y evitar actos de corrupción en organizaciones y sujetos de derechos que son parte fundamental de nuestra sociedad y que tienen la particularidad de administrar, gestionar, intermediar o decidir sobre fondos de terceros, cuyos aportes y contribuciones surgen  de obligaciones legales y convencionales, como así también de empresas y cámaras empresariales con fines de lucro que sean contratistas habituales con los estados nacional, provinciales, municipales o de CABA”.

“Con respecto a las organizaciones entendemos que tanto las Obras Sociales reguladas por la Ley 23.660 como las organizaciones sindicales reguladas por la Ley 23551 administran patrimonios de terceros cuyos aportes y contribuciones están previstos en normas legales y convencionales, contando con garantías estatales para el cumplimiento de sus fines, además de amplias exenciones impositivas, por cuanto corresponde al Estado implementar medidas que permitan a sus integrantes, asociados y ciudadanos ejercer los más amplios mecanismos de control sobre dicha administración”, señala el proyecto.

Las mismas medidas de control “deben implementarse para las empresas y/o cámaras empresariales que tengan como actividad habitual la contratación con los estados nacional, provinciales, municipales o del gobierno de CABA, ya que las prestaciones serán eventualmente abonadas con fondos públicos”.

Los legisladores del PRO “consideramos oportuno modificar el art. 5 de la ley .25188 e incorporar a nuevos sujetos obligados a presentar las declaraciones juradas a aquellas personas consideradas Personas Expuestas Políticamente que no son funcionarios públicos, debido a la capacidad de administrar patrimonios conformados por fondos privados, pero con trascendencia e interés público comprometido, compatibilizando ambos institutos”.

Asimismo, y con el objetivo “de fomentar la transparencia y control de los actos de gestión de estos sujetos de derecho referidos precedentemente -organizaciones sindicales, obras sociales contempladas en la ley 23.660 y empresas y cámaras empresariales que tengan vínculos contractuales habituales con los estados nacional, provincial, municipal o del gobierno de CABA- corresponde ordenar a las diferentes autoridades de aplicación a que en un plazo máximo de 90 días garanticen la publicidad de los balances anuales presentados por las mismas.

Entre los firmantes figuran Graciela Ocaña, María Eugenia Vidal, Gerardo Milman, Pablo Tonelli y Ana Clara Romero.

Proyecto de Ley