NO HAY MARCHAS ATRÁS CON EL PPH, RATIFICO EL INPI

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Las autoridades del INPI ratificaron que “no hay marcha atrás” con el programa PPH acordado con la oficina de patentes y marcas de Estados Unidos que todavía no ha sido publicado en la página oficial del organismo y del que PHARMABAIRES accedió a una copia en castellano (a una de las pocas que circulan en el país).

La tajante respuesta de que “no hay marchas atrás” fue ratificada recientemente por Dámaso Pardo, titular del INPI, al recibir a directivos de la cámara de laboratorios pymes Cooperala.

Al mismo tiempo, Pardo prometió  a los empresarios farmacéuticos preocupados por la aplicación en el país del programa  PPH que nootorgará patentes de segundo uso para medicamentos.

Una promesa similar, de excluir las patentes de segundo uso fue efectuada por el ministro de Producción, Francisco Cabrera, cuando recientemente recibió a Farmacéuticos sin Fronteras. Pero no hay escrito, solo de palabra.

Pardo defendió el PPH argumentando que es “un programa de procedimiento” que no afecta normas sustantivas ni exime del examen de fondo conforme las guías de patentabilidad  vigentes en cada país.

Según el titular del INPI, “no hay delegación de competencias, ni de jurisdicción, ni de soberanías” porque se reduce  “a un acuerdo de cooperación entre oficinas”.

Del “memorando de entendiendo” entre la Oficina de Patentes y Marcas de Estados Unidos (USPTO) y el INPI para la aplicación del Patent Prosecution Highway (PPH) o Programa de Procedimiento Acelerado de Patentes, solo existía una versión en inglés en la página de la oficina estadounidense.

Pero finalmente, casi 90 días después de que Dámaso Pardo rubricara el original en Washington (Hay dos fechas en el documento, del 17 y 20 de enero) apareció una copia en castellano a la que PHARMABAIRES tuvo acceso.

Una de las exigencias que impone el programa es que las oficinas de patentes deberán pronunciarse en el término de 60 días a una petición  PPH.

El memorando de entendimiento “no da lugar a ningún tipo de obligaciones legales sujetas al derecho internacional a nacional” y las diferencias deben ser resueltas entre las partes “a través de consultas y negociaciones”.

Uno de los capítulos polémicos (estándares de elegibilidad) deja en manos de la primera oficina de patentes –en la práctica será la USPTO- encontrar “una reivindicación patentable” y  además será la que dictaminará  si tiene “altura inventiva y su aplicación industrial”.

Con esas “reivindicaciones consideradas como patentables” por la primera oficina (USPTO) será presentada en el INPI la solicitud de patentes mediante el trámite acelerado PPH.

La Versión completa y en castellano para su estudio, está disponible al pie de esta nota.

A su vez, Lorena Di Giano, secretaria general de la Fundación GEP, aseveró que el programa PPH reducirá en favor de las multinacionales “la carga de búsqueda” y los costos de patentamiento.

Además, “se aplicarán las guías de patentamiento de Estados Unidos y no las de Argentina”, aseveró.

Michellle K. Lee, directora de la USPTO, felicitó a Argentina y Brasil por sumarte al PPH, durante una reciente reunión trilateral de las oficinas de patentes de Estados Unidos, Europa y Japón.

"En cuanto a nuestras actividades internacionales, estamos felices de informar que hemos ampliado nuestra huella de la Patente de Patentes en América Latina. Y, como ustedes saben, lanzamos una PPH con el INPI-Brasil en enero de 2016 y el INPI-Argentina a principios de este mes”, afirmó Lee, según  reprodujo el Observatorio Sudamericano de Patentes.