LA ANMAT AMPLÍA LA LISTA DE MEDICAMENTOS DE VENTA LIBRE: CUÁLES SON LOS DIEZ PRINCIPIOS ACTIVOS QUE YA NO REQUIEREN RECETA
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) autorizó que diez nuevos grupos de medicamentos pasen a la categoría de venta libre, una decisión que amplía el acceso a tratamientos destinados a síntomas y trastornos de baja complejidad. La medida quedó oficializada mediante la Disposición 4714/2026, publicada en el Boletín Oficial, y también implica que estos productos dejan de estar alcanzados por los descuentos que ofrecen las obras sociales y las empresas de medicina prepaga para los medicamentos bajo receta.
La resolución comprende a todas las especialidades medicinales registradas que contengan, en las concentraciones y presentaciones aprobadas, los principios activos trimebutina maleato, levocetirizina diclorhidrato, fexofenadina clorhidrato, dimenhidrinato, nafazolina clorhidrato asociada con feniramina maleato, olopatadina clorhidrato, carboximetilcisteína, cloruro de aluminio hexahidratado, la combinación de carbonato de calcio, tintura de árnica montana y nitrato de plata, además de ivermectina exclusivamente en loción tópica al 0,5%.
Desde el organismo señalaron que la decisión apunta a facilitar el acceso de la población a medicamentos que cuentan con un perfil de seguridad, eficacia y calidad ampliamente demostrado, promoviendo al mismo tiempo un uso responsable por parte de los pacientes.
La disposición forma parte del proceso iniciado por el Ministerio de Salud mediante la Resolución 284/2024, que encomendó a la ANMAT revisar qué medicamentos reunían las condiciones necesarias para pasar de venta bajo receta a venta libre. En ese marco, previamente ya habían cambiado de categoría los conocidos inhibidores de la bomba de protones o "prazoles", además de productos con acetilcisteína, aciclovir, amorolfina y otras formulaciones dermatológicas.
Como antecedente de esa política, el Gobierno destacó que los medicamentos conocidos como "prazoles" registraron incrementos de precio de entre 30,2% y 40,4% entre mayo de 2024 y junio de 2026, una evolución inferior a la inflación acumulada del 94,7% durante el mismo período. Según la evaluación oficial, la flexibilización de su expendio permitió ampliar el acceso sin generar aumentos considerados especulativos.
Antes de autorizar el cambio de condición de expendio, el organismo verificó que los medicamentos cumplieran una serie de requisitos. Entre ellos, contar con una eficacia y seguridad sostenidas para tratar síntomas que las personas puedan reconocer fácilmente, presentar un amplio margen terapéutico para minimizar riesgos ante un uso inadecuado y haber permanecido al menos cinco años en comercialización bajo receta en Argentina sin reportes de eventos adversos graves que modificaran su perfil de riesgo-beneficio.
Además, la evaluación incluyó información del Sistema Nacional de Farmacovigilancia, la experiencia acumulada en el país y los antecedentes de agencias regulatorias internacionales como la FDA de Estados Unidos, la Agencia Europea de Medicamentos (EMA), la AEMPS de España, la ANVISA de Brasil y el INVIMA de Colombia, que ya autorizaban la venta libre de estos principios activos.
Cómo será la transición
La normativa prevé un período de adaptación para la industria farmacéutica. Los laboratorios podrán continuar comercializando los lotes fabricados antes de la entrada en vigencia de la disposición con los envases y prospectos actuales.
En cambio, los nuevos lotes deberán incorporar de forma visible la leyenda "Venta Libre", actualizar sus envases, incluir un código QR con acceso al prospecto y adecuar las presentaciones de acuerdo con las dosis y la duración habitual de los tratamientos. También deberán gestionar la actualización de los certificados correspondientes ante la ANMAT.
La incorporación de estos medicamentos se suma a una política iniciada en 2024, cuando comenzaron a modificarse las condiciones de expendio de distintos tratamientos de uso frecuente. A partir del 1° de enero de 2025, por ejemplo, algunos laxantes elaborados con senósidos A y B también pasaron a venderse sin receta, dejando de recibir los descuentos obligatorios que aplican las obras sociales y las prepagas sobre los medicamentos prescriptos.
Con esta nueva disposición, la lista vuelve a ampliarse e incorpora tratamientos destinados a alergias, trastornos digestivos, mareos, tos con flema, afecciones oculares, hiperhidrosis y determinadas parasitosis.
Qué medicamentos pasan ahora a venta libre
Alergias: levocetirizina y fexofenadina.
Síndrome de colon irritable y espasmos digestivos: trimebutina.
Mareo por movimiento o por viaje: dimenhidrinato.
Tos con flema: carboximetilcisteína.
Conjuntivitis alérgica: colirios con olopatadina.
Enrojecimiento ocular asociado a alergias: combinaciones de nafazolina y feniramina.
Transpiración excesiva (hiperhidrosis): cloruro de aluminio hexahidratado.
Aftas y pequeñas lesiones de la boca: preparados que combinan carbonato de calcio, árnica montana y nitrato de plata.
Algunas parasitosis cutáneas: ivermectina en loción tópica al 0,5%.
La ampliación del listado de medicamentos de venta libre representa un nuevo paso en la estrategia de la ANMAT para facilitar el acceso a tratamientos destinados a afecciones frecuentes y de baja complejidad aunque priva a los pacientes de los descuentos de prepagas y obras sociales que tenían al tratarse de un medicamento bajo receta.
Por otra parte, que estos productos ya no requieran receta médica no significa que deban utilizarse sin criterio: su uso responsable, respetando las indicaciones del prospecto o la recomendación de un profesional de la salud, como el médico o el farmacéutico, sigue siendo fundamental para garantizar su seguridad y eficacia.